Los instrumentos de inversión son medios o productos creados, para instrumentar las diversas condiciones o formas de ofrecer productos financieros que son objeto de transacción en el mercado financiero. Una buena parte de estos instrumentos adoptan la forma de títulos valores, lo que va a dar lugar al mercado de valores. Otros no requieren instrumentarse en títulos valores, sino toman formas contractuales diversas como los depósitos dinerarios constituidos en entidades financieras y bancarias.
Los instrumentos financieros, desde la lógica de los inversionistas,
se pueden clasificar en los siguientes rubros:
Instrumentos de renta variable, son aquellos donde la magnitud de la
rentabilidad esperada no es segura ni fija desde un inicio y será, en
todo caso, de acuerdo a los resultados de la actividad a la cual sea destinada
la inversión, resultado que nadie puede asegurar desde un inicio, sino
sólo calcularse o proyectarse, siendo por ello la inversión de
riesgo, o de participación en el resultado final.
De renta fija o determinable, en esta clase de instrumentos de inversión
la rentabilidad está previamente fijada o es determinable desde un inicio,
a las que se les conoce como inversiones de renta fija, consistiendo en este
caso el riesgo sólo en la seguridad de su pago. Es decir, las inversiones
de renta fija no están ligadas al resultado de la inversión, ni
participan de los éxitos o fracasos que tal inversión o actividad
tenga y a la que sea destinado el capital invertido.
Instrumentos mixtos, es la combinación de los dos anteriores,
es decir, que la inversión no hace al inversionista partícipe
del negocio, pero le ofrece utilidades similares a los que obtienen quienes
realizan inversiones de participación y riesgo. Esto es, son instrumentos
que proporcionan al inversionista la seguridad de las inversiones de renta fija
(acreencias) de no perder el capital; pero con la ventaja de las inversiones
de participación, en cuanto a las utilidades.
En los mercados financieros directos, esto es sin intermediación, se transan determinados tipos de instrumentos; como es el caso de los valores. Estos, se suelen clasificar del siguiente modo:
Valores de participación: Representan una alícuota parte
del capital social de una sociedad anónima, otorgan al tenedor de los
mismos participación en un patrimonio específico. Por ejemplo
las acciones.
Valores de contenido crediticio: Son valores que representan una obligación
para el emisor o una alícuota parte de un crédito colectivo asumido
por éste. Por ejemplo los bonos.
Valores representativos de mercaderías: Son valores que le otorgan
al tenedor de los mismos el derecho de propiedad de determinados bienes o mercaderías
que se encuentran en depósito. Ejemplo: los Certificados de Depósito.
Según su forma de expedición se clasifican
en:
Nominativos.- Los valores emitidos a la orden de
una determinada persona y para los cuales se exija la inscripción de
todos los tenedores en el registro que llevará la sociedad emisora, se
denominan nominativos. La transmisión debe hacerse mediante endoso.
A la orden.- Se entiende a los valores emitidos a favor de determinada
persona en los cuales se expresa "a la orden". La transmisión
de estos Valores debe hacerse mediante endoso sin registro de la operación
por parte del emisor.
Portador.- Son títulos al portador los que no están emitidos
a favor de determinadas personas, contengan o no la expresión al portador.
La simple exhibición del valor otorga a su tenedor los derechos consignados
en el mismo. Su transmisión se efectúa por la simple tradición.
Sí bien la variedad de instrumentos en los mercados de valores es cada
vez más creciente, existen algunas modalidades más comunes que
describimos a continuación:
Acción, es un típico instrumento de inversión de participación
en proporción a lo aportado en la sociedad (capital) que representa la
parte alícuota del capital de una sociedad, concediendo a su titular
derechos y obligaciones según correspondan a los socios, en directa proporción
al monto de su inversión.
La acción representa la parte alícuota del capital social de la
sociedad anónima, ello hace que una acción sea exactamente igual
a otra. Esta característica posibilita su emisión masiva o en
series o clases conformadas de gran número de acciones, todas de la misma
calidad y características, que conceden los mismos derechos y tienen
las mismas obligaciones para los accionistas, lo que facilita su negociación
masiva en el mercado.
Existen dos clases típicas de acciones:
a) Acciones ordinarias.- Confieren necesariamente derecho de voto por acción
de acuerdo a la legislación boliviana tanto en las asambleas ordinarias
como extraordinarias.
b) Acciones preferidas.- Las acciones preferidas se emiten con ciertas características
especiales. Generalmente pagan a su poseedor un determinado interés fijo,
siempre y cuando la empresa obtenga utilidades.
a) Valor nominal.- El precio o valor nominal de una acción
es el valor contable y aparece impreso en el título físico al
momento de la emisión.
b) Valor de libros.- Es el valor resultante de dividir el patrimonio entre el
número de acciones existentes.
c) Valor de mercado.- El valor que los inversionistas están dispuestos
a pagar por ella. En otras palabras está determinado por la oferta y
la demanda.
Los ¨Depositary Receipts¨ son certificados que representan la propiedad
de acciones emitidas por una compañía extranjera en un país,
y que es negociable en las bolsas del país en donde se emite.
Estos títulos valores se negocian y liquidan como si fuesen valores de
empresas del país en donde se emite. Sin embargo, estas acciones están
sujetas a las normas que señala la entidad reguladora de dicho país
donde se emiten, además de los requisitos del país de origen.
En Estados Unidos se les conoce como American Depositary Receipts como certificados
negociables que, evidencian la propiedad de acciones de una empresa no norteamericana.
En el mercado europeo se le denomina Global Depositary Receipts (GDR), los mismos
que son emitidos y compensados por las Instituciones Depositarias.
Los bonos son valores que incorporan una parte alícuota de un crédito
colectivo, de corto o largo plazo, constituido a cargo de la sociedad o entidad
emisora.
Son los títulos valores que representan una acreencia contra la entidad
emisora del mismo. El inversionista que adquiere el bono obtiene pagos periódicos
de intereses y cobra el valor nominal del mismo en la fecha de vencimiento.
Son aquellos que a pesar de representar una deuda que el emisor asume frente
a su tenedor, pueden convertirse en acciones. Es decir, permiten que la calidad
de acreedor del tenedor se convierta en el de accionista y partícipe
de la sociedad emisora.
Los tenedores de bonos están subordinados en la prelación de acreedor
de la empresa bancaria emisora de estos bonos. Están al final y después
de todos los acreedores; pagándoles con los activos de la empresa liquidada
al final y sólo en la medida que hayan recursos para ello.
Son bonos que no son redimibles en su capital, es decir, no tienen fecha de
vencimiento; perdurando lo que dure la sociedad emisora. Durante su vigencia
sólo generan y pagan los intereses o rendimiento previsto, según
la periodicidad prevista.
Son aquellos bonos que se emiten con la finalidad de captar fondos para ser
destinados a financiar operaciones de arrendamiento financiero (leasing).
Los papeles comerciales tienen la misma naturaleza que las demás obligaciones, con la única diferencia que se tratan de valores representativos de deuda de plazo no mayor a un año.
La Ley del Mercado de Valores establece por Valor:
1. Los Títulos - Valores normados por el Código de Comercio. Pueden
ser de contenido crediticio, de participación o representativo de mercaderías.
2. Aquellos instrumentos de transacción en el mercado de valores, que
cumplan con las siguientes condiciones:
Que sean creados y emitidos de conformidad a reglamento específico.
Que identifiquen al beneficiario de los recursos obtenidos por la emisión.
Que su oferta pública sea autorizada por la Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros.
Que representen la existencia de una obligación efectiva asumida
por el emisor.
Los valores son libremente transferibles de acuerdo a lo
establecido en la Ley y es nula toda limitación a su circulación.
Las acciones son generalmente nominativas y se pueden vender o transferir. El
Código de Comercio boliviano admite la existencia de acciones al portador.
Los bonos pueden ser expedidos a la orden, nominativos o al portador. Pueden
tener rendimiento fijo o variable, según lo determine el emisor.
Los Depósitos a Plazo Fijo (DPFs) son instrumentos emitidos a distintos
plazos por los bancos y otras entidades financieras y certifican el valor de
un depósito realizado más la tasa de interés a percibir.
Los DPFs son emitidos a rendimiento y pueden ser negociables en la Bolsa Boliviana
de Valores.
Las Letras del Tesoro General de la Nación (LTs) son valores nominativos
de contenido crediticio emitidos a descuento. Se adjudican mediante subasta
pública competitiva administrada por el Banco Central de Bolivia como
agente financiero del Estado.
Los Certificados de Depósito del Banco Central de Bolivia (CEDES) son
valores emitidos a descuento por esa entidad y rescatados por la misma institución
a su vencimiento, al valor nominal.
Son valores emitidos a la orden y representan la devolución que hace
el Banco Central de Bolivia de los depósitos a favor de los ahorristas
o clientes de entidades financieras en proceso de liquidación. Estos
certificados no devengan intereses y son negociados a descuento en el mercado
secundario.
Este es un instrumento que puede ser utilizado como pago a cuenta de determinados
impuestos. Se emite por el valor nominal del importe a ser reintegrado al exportador
y se negocia a descuento en los mercados secundarios.
El Pagaré es un documento de crédito que contiene la promesa incondicional
del deudor de pagar un monto establecido en una fecha determinada. Las condiciones
de su emisión están establecidas en el Código de Comercio.
La Letra de Cambio es un documento de crédito en el cual participa un
Girador que ordena a un Aceptante pagar un determinado monto de dinero al beneficiario
de ésta en una fecha determinada. Las condiciones de su emisión
están establecidas en el Código de Comercio.
Documento de compraventa de mercaderías a plazo, en el cual el comprador
acepta el pago en un plazo estipulado por un monto fijo. La mercadería
debe ser entregada real y materialmente al comprador para que la factura cambiaria
tenga validez.
Los emisores de valores son entidades y personas jurídicas que pueden
realizar oferta pública, en demanda de recursos financieros. Esto se
puede hacer a través de la emisión de valores de contenido crediticio,
de participación o mixtos, los cuales son adquiridos por inversionistas.
Los emisores de valores podrán hacer oferta pública siempre y
cuando cumplan todos los requisitos señalados en la Ley del Mercado de
Valores y sus reglamentos, salvo el Banco Central de Bolivia y el T.G.N., ya
que según lo establece la Ley del Mercado de Valores, son suficientes
las propias normas legales que respaldan su emisión y oferta pública.
Los emisores podemos clasificarlos en:
Emisores privados: Sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad
limitada, asociaciones mutuales de ahorro y préstamo y cooperativas.
Emisores públicos: Banco Central de Bolivia, Tesoro General de
la Nación, Servicio Nacional de Impuestos Internos, gobiernos municipales.
Sociedades titularizadoras: estas entidades tendrán su propio
proceso de emisión de valores.
¿Cómo saber sí al comprar un instrumento financiero se está pagando su justo precio? Busquemos dar una orientación preliminar a ese respecto.
Mientras el precio de un instrumento puede conocerse; el valor que debemos otorgarle
al instrumento depende esencialmente de las ganancias que esperamos obtener
de él durante el periodo que lo vamos a mantener. Esas ganancias, por
supuesto, estarán representadas por intereses, dividendos o por incrementos
del precio del instrumento durante ese lapso. En buena cuenta, en un momento
dado del tiempo, pueden diferir el valor (que le otorgamos) y el precio (que
nos informan) del instrumento; y ello nos da una señal acerca de sí
comprar o vender el instrumento.
Pero el análisis también debe tomar en cuenta que existe un factor
que impide una comparación directa entre las magnitudes de valor y de
precio, y este es el tiempo. En efecto, mientras el precio es una cantidad exigible
hoy; las ganancias que se esperan del instrumento son eventos que ocurrirán
en el futuro. ¿Cómo hacerlas comparables sí están
referidas a distintos momentos?. Se suele usar una técnica: flujos de
caja descontados. Al descontar una cantidad futura, y expresarlos en magnitudes
de hoy estamos calculando el valor presente de la cantidad futura.
Cualquier instrumento lo podemos mostrar como un flujo de ingresos que se recibirá
en el futuro. Es decir que podemos asumir que conocemos los pagos que en distintas
fechas futuras recibiré por tener un determinado instrumento. Toda la
tarea para valorizar el instrumento consiste en calcular el valor presente de
cada uno de los pagos que recibiré, y luego sumar las cantidades para
así tener un estimado del valor del instrumento.
Valorizando una acción
El flujo de caja relevante para la valorización de una acción
es el que resulta de considerar el excedente o utilidad de libre disponibilidad
que en cada periodo estaría generando la compañía emisora
de la acción (se asocia básicamente a la posible repartición
de dividendos). Para el cálculo, se considera como si se tratase de una
inversión que nunca vence (dura por siempre), en razón de que
no se puede conocer hasta cuando existirá la empresa.
En cuanto a la tasa de descuento, se tomará aquella que refleje el riesgo
que asume un accionista al invertir en determinada empresa. Se acepta que la
tasa de descuento para una acción es mayor que para la deuda emitida
por la misma empresa; por considerarse que un accionista enfrenta más
riesgos que un acreedor. El accionista no tiene un rendimiento asegurado.
Valorizando una obligación o un bono
En el caso de las obligaciones, el flujo de caja a considerar es el vinculado a todos los pagos por intereses a que se compromete el emisor, así como a la devolución del principal (valor nominal del instrumento) al momento de vencimiento del plazo.
En lo que concierne a la tasa de descuento puede descomponerse en dos factores:
la tasa del activo libre de riesgo más el premio por riesgo. En este
caso, el premio por riesgo estará directamente asociado al riesgo de
no pago según la clasificación obtenida.